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CONSEJERÍA DE EMPLEO
DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Urbaser (EDAR-San Jerónimo) (Código: 4104131), prorrogando el Convenio Colectivo y estableciendo el incremento salarial para el año 2006.
Visto lo dispuesto en el art. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (ET), en relación con el art. 2.b) del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, serán objeto de inscripción los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Real Decreto y sus revisiones, debiendo ser presentados ante la autoridad laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC).
Visto lo dispuesto en el art. 2.b del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor.
Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, acuerda:
Primero. Registrar el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Urbaser (EDAR San Jerónimo), prorrogando el Convenio Colectivo y estableciendo el incremento salarial para el año 2006.
Segundo. Remitir el mencionado Convenio al CMAC para su depósito.
Tercero. Comunicar este acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo.
Cuarto. Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia. Sevilla, 8 de mayo de 2006. El Delegado Provincial, Antonio Rivas Sánchez.
Reunidos en Sevilla a 23 de febrero de 2006.
Por la parte social:
D. Carlos Sánchez Contreras, representante de los trabajadores de la EDAR San Jerónimo. D. Juan Carlos Gómez Quirós, asesor de U.G.T. D. Luis Monge García, asesor de U.G.T.
Y por la empresa:
Dª Matilde Bellido Rubiales. D. Julio Nogales Domínguez-Adame. D. Juan J. Domingo Alberola.
Dada la especial situación del vigente Convenio Colectivo (2004-2005), los compromisos adquiridos por las partes ante la falta de denuncia del citado Convenio y en aras de solventar el problema existente para el actual año de prórroga (2006), las partes llegan al siguiente acuerdo:
Incremento salarial: IPC real del 2006 más 0,75%, aplicándose con efectos retroactivos a 1 de enero de 2006, el IPC previsto más 0,75%, y procediéndose a revisar en enero de 2007 el diferencial hasta el IPC real.
Jornada laboral: 1746 horas anuales.
Las guardias de los oficiales de 1ª se retribuirán con 6 euros el turno de 8 horas de guardia.
En lo no contemplado en el presente acuerdo se mantendrá el contenido del anterior Convenio.
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